POR LA DIGNIDAD DE LAS MUJERES (decálogo de Martha Nussbaum, segunda parte):
- RAZÓN PRÁCTICA.Estar en condiciones de formarse una concepción de lo que está bien y comprometerse en una reflexión crítica sobre cómo programar la propia vida. Esto conlleva la protección de la libertad de conciencia.
- PERTENENCIA. A) Poder vivir con los otros y por los otros, reconocer la humanidad de los demás y demostrar preocupación por el prójimo; empeñarse en varias formas de interacción social; poder entender las condiciones de los demás y sentir compasión; ser capaz de justicia y de amistad. Tutelar esta capacidad significa tutelar instituciones que fundan y alimentan estas formas de pertenencia y también tutelar la libertad de palabra y de asociación política. B) Tener las bases sociales para el respeto de sí y para no ser humillados; poder ser tratada como persona digna cuyo valor es igual al de los demás. Esto implica, a nivel mínimo, protección contra la discriminación basada en la raza, el sexo, la tendencia sexual, la religión, la casta, la etnia, los orígenes nacionales.
- OTRAS ESPECIES.Estar en condiciones de vivir en relación con los animales, las plantas y con el mundo de la naturaleza demostrando interés y cuidando de ellos.
- JUEGO.Poder reír, jugar y gozar de actividades recreativas.
- CONTROL DEL PROPIO AMBIENTE. A) Político. Poder participar de un modo eficaz en las decisiones políticas que gobiernan la propia vida; gozar del derecho de participación política, tener garantías de libertad de palabra y de asociación. B) Material. Tener derecho a la posesión (de tierra y bienes) no sólo formalmente, sino en términos de oportunidades concretas; tener el derecho de buscar trabajo sobre la misma base que los otros; estar protegida contra requisas o arrestos no autorizados: en el trabajo, estar en condiciones de trabajar de manera digna, ejerciendo la razón práctica y estableciendo una relación significativa de reconocimiento mutuo con los otros trabajadores.
OSKAR KOKOSCHKA. Autorretrato con Alma Mahler